Monday, May 11, 2020

Proceso expedito para tramitación urgente de visa

Cuando se inicia una solicitud o peticià ³n ante el Servicio de Inmigracià ³n y Ciudadanà ­a (USCIS, por sus siglas en inglà ©s) los plazos de tramitacià ³n pueden ser muy largos. Por lo que es razonable plantearse si es posible acelerarlos  mediante un pago premium.  La respuesta es afirmativa pero sà ³lo en casos relacionados con peticiones por trabajo. En este artà ­culo se informa de los casos en los que se puede pedir el aceleramiento en la tramitacià ³n de una peticià ³n mediante un pago premium, quià ©n lo puede solicitar, cuà ¡nto se demora, cuà ¡l es el costo y cà ³mo contactar con USCIS para resolver problemas o dudas que surjan en dicha tramitacià ³n. Tramitacià ³n expedita  con USCIS  mediante un pago premium Es posible un pago premium en peticiones por trabajo, que comprende dos grandes grupos: cuando se solicita   para un extranjero una visa de trabajo temporal  en la que el empleador debe utilizar el formulario I-129.o cuando el empleador utiliza una planilla I-140 para pedir por razà ³n de trabajo una tarjeta de residencia permanente, conocida tambià ©n como green card. Tambià ©n se admite, en casos extraordinarios, auto-peticià ³n por parte de un trabajador. Esto significa que puede solicitarse en los siguientes casos: Visa E-1, comerciante al amparo de un tratadoVisa E-2, inversor al amparo de un tratadoVisa H-1B, trabajadores extranjeros especiales o modelos. En este caso el gobierno ha anunciado la suspensià ³n temporal del proceso expedito que se reanudarà ¡ el 10 de septiembre de 2018.Visa H-2B, trabajadores temporales para trabajos no agrà ­colasVisa H-3, trabajadores en prà ¡cticas o visitantes de intercambio en el campo de la educacià ³n especialVisa L-1, L-1B y LZ, trabajadores transferidos dentro de una empresa o subsidiarias de la mismaVisa O-1 para trabajadores con extraordinaria habilidad en Ciencias, Deportes, Arte, Educacià ³n o NegociosVisa O-2 para trabajadores que son un apoyo esencial para los titulares de una visa O-1Visa P-1, P-1S, P-2, P-2S, P-3 y P-3S, para deportistas individuales y de equipo, artistas y personal de apoyo para participar en un programa o evento à ºnico o que formen parte de un programa de intercambio cultural.Visa Q-1, para extranjeros participando en un programa de intercambio cultural internacionalVisa R-1 para religiososVisa TN-1 y TN-2, para canadienses y mexicanos al amparo del Tratado de Libre comercio  (NAFTA, por sus siglas en inglà ©s)Visa EB-1, para extranjeros con habilidades extraordinarias, profesores e investigadores excepcionales y gerentes y ejecutivos de multinacionales.Visa EB-2, para profesionales con titulacià ³n avanzada o habilidad excepcional.Visa EB-3, para profesionales, trabajadores especializados y otros trabajadores El USCIS puede suspender temporalmente el procesamiento premium para alguna de esas visas. En el momento en que se escribe este artà ­culo no està ¡ vigente ninguna excepcià ³n. Es decir, se puede aplicar para todas las peticiones enunciadas. Costo del procesamiento premium y a quà © da derecho En la actualidad es de $1.225. Sin embargo, esta cantidad puede variar por lo que es muy conveniente verificar con la pà ¡gina oficial del USCIS. Si la solicitud se hace por internet utilizando el sistema de e-file, el pago puede realizarse mediante tarjeta de crà ©dito, dà ©bito o transferencia desde una cuenta de un banco en Estados Unidos. Por el contrario, si se envà ­a una solicitud en papel, el pago debe hacerse mediante un cheque de un banco en Estados Unidos o por money order. El pago da derecho a que el USCIS acuerde una respuesta en el plazo de 15 dà ­as naturales  a contar desde el dà ­a en el que se recibià ³ la solicitud de procesamiento premium con su correspondiente pago.   La respuesta no significa siempre que se obtiene la aprobacià ³n, sino que puede ser cualquiera de las siguientes: Una carta de aprobacià ³n de la peticià ³n de visa o de tarjeta de residenciaUna carta en la que se pide mà ¡s informacià ³n o documentacià ³n. Es lo que se conoce como Peticià ³n de Evidencia o RFE, por sus siglas en inglà ©s.Una carta en la que se notifica la intencià ³n de rechazar la peticià ³n. Se conoce como NOID, por sus siglas en inglà ©s.Y, finalmente, puede que lo que se notifique es que se   inicia una investigacià ³n porque se sospecha que la peticià ³n es fraudulenta o se ha mentido en la misma o se ha presentado documentacià ³n de apoyo falsa. En el caso de que USCIS haya respondido con una RFE o una NOID, el solicitante debe contestar en el tiempo que se le otorga en la notificacià ³n. Y, una vez que el USCIS recibe las  alegaciones o la documentacià ³n  adicional que pidià ³, tiene que responder en el plazo de 15 dà ­as naturales. En casos extraordinarios puede suceder que USCIS no responda dentro de los 15 dà ­as siguientesa  haber recibido la peticià ³n de tramitacià ³n premium.   En estos casos està ¡ obligado a regresar el coste del trà ¡mite y, ademà ¡s, a responder inmediatamente.   Ademà ¡s, el pago premium da derecho a utilizar un telà ©fono especial gratuito, el 1-866-315-5718, para resolver dudas o hacer preguntas relacionadas con la peticià ³n de la visa. Cà ³mo se solicita el pago premium para acelerar una peticià ³n con USCIS El formulario para solicitar la  aceleracià ³n de los trà ¡mites  es el I-907. La solicitud se puede realizar  conjuntamente  con el envà ­o de los formularios I-129,   en el caso de visa de trabajo temporal, o I-140, cuando se solicita la tarjeta de residencia por trabajo. Tambià ©n puede enviarse  por separado  en un momento posterior. Resaltar que la peticià ³n de tramitacià ³n acelerada sà ³lo la puede solicitar la empresa o emprendedor o su abogado  que son los que piden la visa. Nunca puede solicitarla el beneficiario de la peticià ³n, excepto en el caso en el que un trabajador de cualidades excepcionales solicita  una tarjeta de residencia para sà ­ mismo sin patrocinador. Por el contrario, el pago del formulario I-907 pueden efectuarlo no sà ³lo la empresa o  su abogado, sino tambià ©n la persona extranjera que resultarà ­a beneficiada por este trà ¡mite.  ¿A quà © no da derecho el pago premium para acelerar los trà ¡mites? En primer lugar, este pago no levanta los là ­mites anuales en el nà ºmero de visas que se pueden aprobar dentro de cada categorà ­a  por aà ±o fiscal. Es decir, si se ha agotado el nà ºmero de visas disponibles, con o sin pago premium hay que esperar al siguiente aà ±o fiscal para que se abra de nuevo la disponibilidad de visas. Tampoco da derecho a beneficios extra en los casos en los que existe una loterà ­a para determinar quià ©nes son los beneficiados de una visa, como por ejemplo con las visas de la familia H, en particular con la H-1B para profesionales. En los aà ±os en los que el nà ºmero de solicitudes excede en menos de una semana al total de visas disponibles para un aà ±o fiscal se procede a decidir por sorteo quià ©n es el ganador. El pago de procesamiento premium no da ventaja en esa loterà ­a. En tercer lugar, el pago premium no se admite en visas o en tarjetas de residencia cuyo proceso se inicia con formularios distintos al I-129 o al I-140. Por ejemplo, no es posible en las visas de turista, estudiante, intercambio, etc. Tampoco en las peticiones de green card por razà ³n de familia, algunas de las cuales sufren grandes demoras, como son los casos de  las peticiones de ciudadano americano para hermanos, hijos casados o hijos solteros mayores de 21 aà ±os o las de residente para sus hijos solteros mayores de 21 aà ±os. Este artà ­culo es informativo. No es asesorà ­a legal para ningà ºn caso concreto.

No comments:

Post a Comment

Note: Only a member of this blog may post a comment.